
Aclaremos que por Ordenanza Nº 318/09 el Concejo Deliberante, por mayoría se autorizo al ejecutivo municipal a gestionar los fondos necesarios, previstos en la ley 2615 capitulo IV Art. 6, a solicitar un monto de $ 2.285.581,30 a los efectos de “priorizar la culminación del Albergue Universitario, obra fundamental para facilitar el acceso a numerosos estudiantes del interior de la provincia del Neuquén que puedan comenzar o culminar estudios terciarios y/o universitarios dictados en nuestra localidad”, según consta en sus considerandos la Ordenanza.
Ahora nos encontramos no haber sido consultados, ni autorizado ni tratado este tema en el Concejo Deliberante. Y creemos que de ser así lo manifestado, se le debería advertir al intendente Municipal y su cuerpo de Secretarios, que se encuentra incumpliendo el compromiso ante el Concejo Deliberante, la comunidad y el Gobierno de la provincia, dado que los fondos fueron autorizados y remitidos por la provincia específicamente a una obra en particular.
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